DECISIÓN
Por los fundamentos antes expuesto, este Tribunal Séptimo en funciones de Ejecución de la Circunscripción Judicial del Estado Zulia, Administrando Justicia en nombre de la República y por Autoridad de la Ley, DECLARA LA EXTINCIÓN DE LA PENA POR CUMPLIMIENTO DE LA MISMA, a favor del penado: ALIRIO DÍAZ CHIRINOS, venezolano, mayor de edad, natural de Maracaibo, Estado Zulia, titular de la cédula de identidad N° V-12.307.999, hijo de Alirio Díaz y Rosa Chirinos, con domicilio conocido en Barrio 24 de Julio, calle 49 A, casa N° 170-53, San Francisco, Estado Zulia; quien fue sentenciado a cumplir la pena de TRES (03) AÑOS DE PRISIÓN, mas las accesorias de Ley, por la comisión del delito de APROVECHAMIENTO DE COSAS PROVENIENTES DEL DELITO, previsto y sancionado en el artículo 470 del Código Penal, donde resultó víctima el ciudadano FRANKLIN ATENCIO; de conformidad con lo establecido en el artículo 105 del Código Penal en concordancia con el ordinal 1° del artículo 479 de.....