Se dictó sentencia interlocutoria mediante la cual se declaro DESISTIDO el recurso de apelación interpuesto en fecha 25 de junio de 2014, por el abogado Carlos Mujica, en su carácter de apoderado judicial de la parte actora, contra el auto dictado en fecha 18 de junio de 2014, por el Juzgado Primero de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y Tránsito de la Circunscripción Judicial del estado Lara, que negó la medida de prohibición de enajenar y gravar solicitada por la parte actora, en el juicio de nulidad de venta, intentado por la ciudadana Maricela Cristina Rodríguez Lamus, asistida por el abogado Gaspar Alfonso Lamus Escalona, contra las sociedades mercantiles Instalaciones Electromecánicas, S.A. (INSEM), Seguros Ávila, C.A., Banco de Venezuela, C.A. Banco Universal, Inversiones Lu2, C.A., y contra la ciudadana Yoanna Raquel Gómez Sanz, todos plenamente identificados. No hubo condenatoria en costas dada la naturaleza del presente fallo