este Juzgado Superior en lo Civil y Contencioso Administrativo de la Circunscripción Judicial de Estado Zulia, administrando justicia, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley declara: INADMISIBLE por operar la CADUCIDAD del presente recurso contencioso administrativo funcionarial por cobro de prestaciones sociales, incoado por el abogado Juan Pérez García, en nombre y representación judicial del ciudadano JOSÉ ANTONIO ZALABA, en contra de la ALCALDÍA DEL MUNICIPIO JESÚS ENRIQUE LOSSADA DEL ESTADO ZULIA; con fundamento a lo establecido en el artículo 94 de la Ley sobre el Estatuto de la Función Pública vigente, y la sentencia Nº 1.643 de la Sala Constitucional del Tribunal Supremo de Justicia en sentencia del 03 de octubre de 2006.