este JUZGADO SUPERIOR CUARTO DEL TRABAJO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO ZULIA, en el ejercicio de sus facultades legales, administrando justicia y por autoridad de la Ley, declara:
1) SIN LUGAR el Recurso de Apelación interpuesto por la profesional del derecho GABRIELA PÉREZ, actuando con el carácter de apoderada judicial de la parte demandada, en contra de la decisión dictada en fecha 19 de Noviembre de 2013, por el Juzgado Décimo Quinto de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución para el Nuevo Régimen Procesal y Transitorio del Circuito Judicial Laboral de la Circunscripción Judicial del Estado Zulia,
2) SIN LUGAR el llamamiento forzoso de terceros solicitado por la demandada Sociedad Mercantil GRAN PRIDECO DE VENEZUELA S.A.
3) SE CONFIRMA la decisión apelada,
4) NO HAY CONDENATORIA EN COSTAS