DISPOSITIVO
Por los fundamentos antes expuestos este Tribunal Primero de Primera Instancia de Juicio del Circuito Judicial de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes de la Circunscripción Judicial del Estado Zulia, con competencia para el Régimen Procesal Transitorio, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, DECLARA la EXTINCION DE LA CAUSA, por efecto de la Perención de la Instancia, en el presente Juicio de: OBLIGACIÓN DE MANUTENCIÓN, seguido por la ciudadana: NIDIA ROSA CHOURIO BARRIGA, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad No. V-9.329.175, domiciliada en el Municipio Sucre del Estado Zulia, asistida por la Abogada DIAMELIS SANCHEZ C., Defensora Pública Primera del Sistema de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes del Estado Zulia, Extensión Cabimas, actuando en este acto por interés y en beneficio de sus hijos, los niños y/o adolescentes: (SE OMITE, DE CONFORMIDAD CON LO ESTABLECIDO EN EL AR.....