Por los razonamientos antes expresados, este Tribunal de Primera Instancia del Circuito Judicial Penal del Estado Nueva Esparta, en funciones de Juicio Nº 2, actuando en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, en aplicación de lo establecido en el artículo 42 del Código Orgánico Procesal Penal SUSPENDE CONDICIONALMENTE EL PROCESO al acusado WILMER JOSE BRITO PINO, anteriormente identificado, previa admisión de los hechos que configuran el delito de lesiones intencionales leves, previsto en el artículo 416 del Código Penal. En consecuencia, se SUSPENDE EL PROCESO A PRUEBA por el lapso de Un (01) Año, con las siguientes condiciones: 1° Presentarse cada quince (15) días por ante la Unidad Técnica de Apoyo al Sistema Penitenciario del estado Nueva Esparta, 2° Prohibición de Portar armas y 3° La prohibición de ingerir y/o consumir bebidas alcohólicas y sustancias estupefacientes y psicotrópicas, todo de conformidad con lo establecido en los artículos 42 .....