DISPOSITIVO
Por las razones expuestas, este Juzgado Superior en lo Civil y Contencioso Administrativo de la Región Occidental, administrando justicia en nombre de la República por autoridad de la ley, declara TERMINADO EL PROCEDIMIENTO por abandono del tramite en la acción de amparo constitucional ejercida por los abogados Nerio Romero Martínez, Ricardo Atencio Fernández, Adrián Romero Martínez y Alfonso Ballestas, inscritos en el Inpreabogado bajo los Nos. 79.832, 83.314, 90.513 y 61.066 respectivamente, actuando en su condición de apoderados judiciales del PARTIDO DEMOCRATA CRISTIANO COPEI, contra el ALCALDE DEL MUNICIPIO AUTÓNOMO MARACAIBO DEL ESTADO ZULIA, ciudadano GIANCARLO DI MARTINO.
El Tribunal no hace especial pronunciamiento en costa en virtud de la naturaleza del presente fallo.
PUBLÍQUESE, REGÍSTRESE y NOTIFÍQUESE. Déjese copia certificada por Secretaría del presente fallo de conformidad con lo dispuesto en el artículo 248 del Código de Procedimiento Civil, en concordan.....