Por los fundamentos antes expuestos, ésta Sala Única de la Corte de Apelaciones de la Sección de Adolescentes del Circuito Judicial Penal del estado Zulia con Competencia en Materia de Delitos de Violencia Contra Las Mujeres de la Circunscripción Judicial del estado Zulia, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, Declara:
PRIMERO: ADMISIBLE el recurso de apelación de autos, interpuesto por la Profesional del Derecho NEIDA JOSEFINA MARCANO, Defensora Pública Auxiliar Encargada de la Defensoría Quinta Pública Penal Octava Ordinario, adscrita a la Defensa Pública del estado Zulia, Extensión Cabimas, en su carácter de Defensa Técnica del ciudadano ROMER ANGEL MILLAN LOPEZ; en contra de la decisión dictada en fecha 31 de agosto de 2016, bajo el No. 1J-102-16, publicada en la misma fecha, por el Tribunal Penal de Primera Instancia, Estadales y Municipales en Funciones de Juicio del estado Zulia, Extensión Cabimas.
SEGUND.....