Por los fundamentos expuestos y en fuerza de los argumentos antes vertidos, este TRIBUNAL NOVENO DE PRIMERA INSTANCIA DE JUICIO PARA EL NUEVO RÉGIMEN PROCESAL DEL TRABAJO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO ZULIA, en nombre de la REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA y por AUTORIDAD DE LA LEY declara IMPROCEDENTE la demanda que por COBRO DE BOLÍVARES POR PRESTACIONES SOCIALES Y OTROS CONCEPTOS LABORALES siguió el ciudadano PEDRO RAMÓN HERNÁNDEZ GONZÁLEZ contra la sociedad mercantil BAKER HUGHES, SOCIEDAD EN COMANDITA POR ACCIONES, ambas identificadas en el proceso.
Se exime al ciudadano PEDRO RAMÓN HERNÁNDEZ GONZÁLEZ al pago de las costas del proceso conforme al alcance contenido en el artículo 64 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo.