éste Juzgado Primero Superior del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Bolivariano de Nueva Esparta, Administrando Justicia, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley declara: PRIMERO: SIN LUGAR el Recurso de Apelación interpuesto por la parte demandada apelante, empresas SALÓN DE BELLEZA CARITAS, C.A., y SALÓN DE BELLEZA MARGARITA, C.A., a través de su apoderado judicial, abogado en ejercicio ADELINO ALVARADO. SEGUNDO: Se confirma la decisión publicada en fecha 21-09-2016, por el Juzgado Segundo de Primera Instancia de Juicio del Trabajo de la Circunscripción Judicial del estado Bolivariano de Nueva Esparta, en consecuencia, se ordena el pago de los montos y conceptos discriminados en la motiva de la presente decisión. TERCERO: Se condena en costas a la parte demandada por haber resultado vencido en el presente recurso de apelación. Remítase la presente causa al Juzgado de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Tra.....