De acuerdo a las consideraciones expuestas, este TRIBUNAL DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS DEL MUNICIPIO MACHIQUES DE PERIJA DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO ZULIA, con sede en MACHIQUES, administrando justicia, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la ley, declara la CONVERSIÓN EN DIVORCIO de la separación de cuerpos, con base en los artículos 185 del Código Civil y 765 del Código de Procedimiento Civil, en consecuencia, queda DISUELTO EL VÍNCULO MATRIMONIAL, entre los ciudadanos RONARD JOSE CARRASCO RANGEL Y ANDREA CAROLINA PEREZ FUENMAYOR, mayores de edad, venezolanos, portadores de las cédulas de identidad Nos. V-18.408.042 y V-17.948.650, ambos domiciliados en la ciudad de Villa del Rosario Municipio Rosario de Perijá del Estado Zulia, contraído, el día Trece (13) de Marzo de 2.010 contrajeron matrimonio por ante el Registro Civil y la Secretaria del Registro Civil de la Parroquia El Rosario, del Municipio Machiques de Perij.....