En nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la ley, declara:
PRIMERO: CON LUGAR la solicitud de Conversión en Divorcio hecha por los ciudadanos LUIS RAMÓN GONZÁLEZ SALAZAR Y GERMANIA DE LA CRUZ DÍAZ SÁNCHEZ, ya identificados.
SEGUNDO: DISUELTO, como consecuencia de la anterior declaratoria, el vinculo matrimonial que los unía contraído por ellos por ante La Prefectura del Municipio Tubores del Estado Bolivariano de Nueva Esparta, el día 25 de Marzo de 2011, según consta del acta de matrimonio, asentada bajo el acta Nº 11, de los libros respectivos.