Conforme a los razonamientos antes expuestos este Tribunal de Primera Instancia en Funciones de Control Nº 01 del Circuito Judicial Penal Con Competencia en Delitos de Violencia Contra la Mujer del Estado Nueva Esparta, ADMINISTRANDO JUSTICIA EN NOMBRE DE LA REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA Y POR AUTORIDAD DE LA LEY EMITE LOS SIGUIENTES PRONUNCIAMIENTOS: PRIMERO: Este Tribunal de conformidad articulo 330 del Código Orgánico Procesal Penal, admite totalmente la acusación presentada por la Fiscalía del admite la admisión de los hechos Ministerio Público por estar ajustada a derecho en contra del ciudadano JUAN CARLOS ZALAZAR, por la presunta comisión del delito de VIOLENCIA PSICOLOGICA Y AMENZA, previstos y sancionados en el artículo 39 y 41 de la Ley Orgánica de los Derechos de las Mujeres a una Vida Libre de Violencia. ..se acuerda la SUSPENSION CONDICIONAL DEL PROCESO tomando en consideración la pena a imponer, así como lo establecido en el artículo 44 de la Norma Adjetiva Penal, .....