Por las razones antes expuestas, la Sala de la Corte Superior de Responsabilidad Penal del Adolescente del Circuito Judicial del estado Nueva Esparta, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara DESISTIDO EL RECURSO DE APELACIÓN interpuesto por la Fiscal Séptima ZARIBELL CHOLLETT REYES, en fecha quince (15) de julio de dos ocho (2008) contra la decisión dictada por el Tribunal de Control N° 02-Sección Adolescente del Circuito Judicial Penal del estado Nueva Esparta, en fecha diez (10) de julio de 2008, en consecuencia imparte su Homologación y ordena remitir el Asunto al Tribunal de la recurrida. ASÍ SE DECLARA.
Publíquese, diarícese, notifíquese de la presente Decisión a las partes, y remítase el asunto a los fines legales consiguientes.