En fuerza de los anteriores razonamientos de hecho y de derecho, este tribunal segundo de control del Circuito Judicial Penal del estado Nueva Esparta, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la ley, decreta: el SOBRESEIMIENTO DE LA PRESENTE CAUSA iniciada por averiguación de muerte de quien en vida respondiera al nombre Luís Gerardo Lisboa Rodríguez, en los términos expuestos.
Notifíquese al Fiscal del Ministerio Público y a la víctima, entendiéndose por tal a los familiares directos del occiso antes identificado, todo de conformidad con los artículos 175, único aparte, 179 y 182, todos del Código Orgánico Procesal Penal.
Regístrese, diarícese, déjese copia de la presente decisión.
Dada, firmada y sellada en la sala de audiencia preliminar correspondiente al tribunal segundo de primera instancia en lo penal en funciones de control del Circuito Judicial Penal del estado Nueva Esparta, a los 18 días del mes de enero de 2007.