DISPOSITIVA
Por los fundamentos de hecho y de derecho antes expuestos y citados, este Tribunal de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas del Municipio La Cañada de Urdaneta de la Circunscripción Judicial del estado Zulia, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, actuando de conformidad con lo establecido en los artículo 242 y 243 del Código de Procedimiento Civil Venezolano, declara:
PRIMERO: Su COMPETENCIA para conocer de la solicitud que encabeza las actas procesales de este asunto y que fue presentada por la Ciudadana MAYANI DEL CARMEN PAZ.
SEGUNDO: CON LUGAR la solicitud planteada y en tal sentido suficientes los derechos que le corresponden a cada uno de los siguientes ciudadanos: MAYANI DEL CARMEN PAZ, YOLIMAR DEL VALLE GONZÁLEZ DE CARROZ, JHONY JOSÉ GONZÁLEZ PAZ y JUAN JOSÉ GONZÁLEZ PAZ, venezolanos todos, mayores de edad, titulares de las cédulas de identidad N° V-7.791.280, V-13.781.364, V-15.986.173 y V-20.....