Primero: Se declara con lugar la solicitud de la revisión de las medidas cautelares privativas preventivas de la libertad, impuestas a los acusados de autos, solicitadas por el defensor privado, ABOG. MAROCS PITERS, y, por consiguiente, se decretan las medidas cautelares sustitutivas a la medida de la privación judicial preventiva de la libertad, a los ciudadanos, WILMER RAMÓN VARGAS URDANETA, titular de la cédula de identidad V-7.773.764, DÍRIMO SEGUNDO MACHADO PARRA, titular de la cédula de identidad V-19.810.400, FRANCISCO ANTONIO SARMIENTO SÁNCHEZ, titular de la cédula de identidad V-13.082.154, NEUBEIS ÁNGEL SOTO VILLALOBOS, titular de la cédula de identidad V-19.016.051, OSBER ENRIQUE PORTILLO VILLALOBOS, titular de la cédula de identidad V-20.371.070, RICHARD BENITO BOSCÁN RINCÓN, titular de la cédula de identidad V-13.080.544, JOSÉ FRANCISCO ARAUJO, titular de la cédula de identidad V-11.390.779, JOEL ENRIQUE B