Por todo lo antes expuesto, este Juzgado Primero de Primera Instancia de Juicio del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Nueva Esparta, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, Declara:
PRIMERO: CON LUGAR LA PRESCRIPCIÓN, alegada por la representación de la empresa GUACUCO PRODUCCIONES C.A. (CUBAGUA 90.5 FM), en la presente acción incoada por el ciudadano JOSE GREGORIO TIRADO GARCIA, ambas partes identificadas en autos, por cobro de prestaciones sociales y otros conceptos laborales.-
SEGUNDO: SIN LUGAR, la demanda incoada por el ciudadano JOSE GREGORIO TIRADO GARCIA, contra la empresa GUACUCO PRODUCCIONES C.A. (CUBAGUA 90.5 FM), por cobro de prestaciones sociales y otros conceptos laborales.-
TERCERO: Se ordena la notificación del Ciudadano Procurador General de la República Bolivariana de Venezuela de conformidad con el artículo 97 del Decreto con Rango, Valor y Fuerza de Ley de Reforma Parcial del Decreto con Fuerza de Ley Orgán.....