En fuerza de las consideraciones precedentemente expuestas, éste Juzgado Primero de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y Tránsito de la Circunscripción Judicial del Estado Bolivariano de Nueva Esparta, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la ley, declara:
PRIMERO: SIN LUGAR la demanda de divorcio intentada por el ciudadano MANUEL JOSÉ ROJAS MEJÍAS, contra la ciudadana GERTRUDIS URBINA DE ROJAS, plenamente identificados en el cuerpo de esta sentencia, con base a las causales 2° y 3° del artículo 185 del Código Civil, es decir, el abandono voluntario y los excesos, sevicias e injurias graves que hagan imposible la vida en común.
SEGUNDO: De conformidad con lo establecido en el artículo 274 del Código de Procedimiento Civil, se condena en costas a la parte demandante por haber resultado vencida en el presente proceso.
PUBLÍQUESE, REGÍSTRESE, Y DÉJESE COPIA CERTIFICADA.
Dada, firmada y sellada en la Sala de Despacho del Juz.....