ESTE TRIBUNAL PRIMERO DE PRIMERA INSTANCIA EN FUNCIONES DE JUICIO DEL CIRCUITO JUDICIAL PENAL DEL ESTADO ZULIA, CON SEDE EN MARACAIBO, ADMINISTRANDO JUSTICIA EN NOMBRE DE LA REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA Y POR AUTORIDAD DE LA LEY, DECLARA: PRIMERO: Se CONDENA a los acusados: MANUEL ALEJANDRO ESPINA OJEDA, quien dijo ser y llamarse como quedo escrito de nacionalidad Venezolano, natural de Isla de Toas Municipio Insular Padilla Estado Zulia, titular de la Cédula de Identidad No. 22.144.194, hijo de Heriberto Adeliz Antonio Espina y Grimalda Ojeda, estado civil: soltero, de fecha de nacimiento 28/12/1979, de 32 años de edad, residenciado en el Sector Los Medanos Calle y Casa Sin número adyacentes a las Oficinas de la Empresa Cable de Occidente Parroquia Isla de Toas Municipio Insular Padilla Estado Zulia y WISLEIDI DEL VALLE GONZALEZ BARRIOS, por el procedimiento especial de admisión de los hechos, previsto y sancionado en el artículo 376 del Código Orgánico Procesal Penal, y en .....