Por las razones anteriormente expuestas este TRIBUNAL PRIMERO DE JUICIO DEL CIRCUITO JUDICIAL PENAL DEL ESTADO ZULIA, SECCIÓN ADOLESCENTES, ADMINISTRANDO JUSTICIA, EN NOMBRE DE LA REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA Y POR AUTORIDAD DE LA LEY, en atención a lo dispuesto en los artículos 26 de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela, articulo 177 y 264 del Código Orgánico Procesal Penal, aplicables por remisión expresa del articulo 537 de la Ley Orgánica para la Protección de Niños, Niñas y Adolescentes, artículos 546, 548 y 581 ejusdem, RESUELVE: PRIMERO: Se niega por improcedente la sustitución de la PRISIÓN PREVENTIVA, contenida en el articulo 581 de la Ley Orgánica para la Protección de Niños, Niñas y Adolescentes, por una menos gravosa de las establecidas en el articulo 582 ejusdem, solicitada por el Abogado ABRAHAM BOSCAN, en su carácter de defensor Privado del joven (IDENTIDAD OMITIDA), ut supra identificado, en la presente causa seguida por la presunta comisión de.....