IV.- DISPOSITIVO.
Con fundamento en las consideraciones de hecho, derecho y jurisprudencial, ut supra referidas este Tribunal Décimo Sexto de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas de los Municipios Maracaibo, Jesús Enrique Losada y San Francisco de la Circunscripción Judicial del Estado Zulia, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la ley DECLARA:
CON LUGAR la solicitud de Divorcio 185 por Mutuo Consentimiento, formulada por los ciudadanos HERNAN DAVID DUARTE, venezolano por naturalización, mayor de edad, con cédula de identidad No. V-22.146.410, domiciliado en el Municipio Maracaibo del estado Zulia, y MIVIS YOLANDA AMAYA PALMEZANO, venezolana, mayor de edad, con cédula de identidad No. V-14.309.655, de igual domicilio, en consecuencia, DISUELTO EL VINCULO MATRIMONIAL contraído en fecha veintinueve (29) de mayo de 1998, ante la Unidad Registro Civil de la Parroquia Venancio Pulgar del Municipio Maracaibo del Estado Zuli.....