éste Juzgado Primero Superior del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Nueva Esparta, Administrando Justicia, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley declara: PRIMERO: SIN LUGAR el Recurso de Apelación interpuesto por la parte demandada apelante, empresa CONSTRUCTORA ROFERCA, C.A., a través de su apoderado judicial, abogado en ejercicio FREDDY JOSÉ RANGEL RODRÍGUEZ. SEGUNDO: Se confirma la decisión publicada en fecha catorce (14) de julio de 2016 por el Juzgado Primero de Primera Instancia de Juicio del Trabajo de esta Circunscripción Judicial, en consecuencia se ordena el pago de los montos y conceptos discriminados en la motiva de la presente decisión. TERCERO: Se condena en costas a la parte apelante por haber resultado vencida en el presente recurso. Remítase la presente causa al Juzgado de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Trabajo de esta Circunscripción Judicial, a los fines legales consiguientes.