"...Por los razonamientos precedentemente expuestos, este Tribunal Tercero de Juicio del Circuito de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes de la Circunscripción Judicial del Estado Nueva Esparta, actuando en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara: PRIMERO: CON LUGAR, la demanda de IMPUGNACION DE RECONOCIMIENTO, incoada por el ciudadano Jean Carlos Guerra, venezolano, titular de la cedula de identidad No. 14.342.739, en contra de la ciudadana Doreley José Cova Reyes, titular de la cédula de identidad Nro. 14.220.193; a favor de la niña IDENTIDAD OMITIDAD ARTICULO 65 DE LA LOPNNA. SEGUNDO: Se acuerda anular el acta de nacimiento correspondiente a la niña IDENTIDAD OMITIDAD ARTICULO 65 DE LA LOPNNA, que fuere levantada por ante la Primera Autoridad Civil del Municipio García de este estado, insertada bajo el Nº 59, folio 61, del Libro de Registro Civil de Nacimientos correspondiente al año 2008, en consecuencia líbrese oficio en el cual.....