Se declara sin lugar, la solicitud interpuesta ante la Unidad de Recepción y Distribución del Departamento del Alguacilazgo del Circuito Judicial Penal del Estado Zulia, en fecha 15-10-2014 y puesta a la vista de este juzgador en fecha 16-10-2014, por el Dr. JOSÉ ALEXANDER FINOL, Abogado en ejercicio y de este domicilio, obrando en su carácter de Defensor de la acusada YARLENIS RODRÍGUEZ FERRER, a quien se le sigue proceso penal por la presunta comisión del delito de LESIONES INTENCIONALES LEVES, previsto y sancionado en el artículo 416 del Código Penal, en perjuicio de la ciudadana JENNYCAR DE LOS ANGELES NEGRETTE, escrito mediante el cual solicita a este despacho se decrete la extinción de la acción penal por prescripción de la misma y según lo dispuesto en el numeral 8 del artículo 49 del Código Orgánico Procesal Penal, y como consecuencia jurídica decrete el sobreseimiento de la causa conforme lo prevé el artículo 300, numeral 3 ejusdem, ello en virtud de que luego de verificados .....