III. DISPOSITIVA
En mérito a las anteriores consideraciones, este Juzgado Superior de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes de la Circunscripción Judicial del Estado Bolivariano de Nueva Esparta, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley DECLARA CON LUGAR LA INHIBICION propuesta por la Dra. Fanny Luz Márquez, en su carácter de Jueza del Tribunal Segundo de Primera Instancia de Mediación, Sustanciación y Ejecución de la Circunscripción Judicial del Estado Bolivariano de Nueva Esparta, de conformidad con lo dispuesto en los artículos 31 ordinal 5°, 32, 34, 35 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo, aplicados por remisión expresa del articulo 452 de la Ley Orgánica para la Protección de Niños, Niñas y Adolescentes.
Notifíquese a la Jueza Fanny Luz Márquez, dentro de las veinticuatro horas siguientes a la publicación de la presente sentencia, lo decidido en este asunto, con remisión de la copia certificada del.....