Por los fundamentos anteriormente expuestos, esta SALA N° 2 DE LA CORTE DE APELACIONES DEL CIRCUITO JUDICIAL PENAL DEL ESTADO ZULIA, CONSTITUIDA DE MANERA ACCIDENTAL, Administrando Justicia, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara HOMOLOGADO el desistimiento del recurso de apelación interpuesto por la Abogada YAZMÍN URDANETA OLMOS, en su carácter de defensora de los ciudadanos JONATHAN JOSÉ GARCÍA URIANA, LEONIS ALEXIS MEDINA ARBOLEDA, JESÚS DAVID URDANETA CATANO, WILMER JOSÉ NAVARRO GUERRERO, EDELWIS ALEXANDER MATOS ROJAS y KENI FABÍAN GONZÁLEZ MONTIEL, contra la decisión N° 2587-2011, emanada del Juzgado Octavo de Primera Instancia en Funciones de Control del Circuito Judicial Penal del estado Zulia, de fecha 26 de octubre 2011, el cual fue planteado en el asunto N°VP02-R-2011-000852.