DISPOSITIVO:
Por los fundamentos antes expuestos, este JUZGADO SUPERIOR QUINTO DEL CIRCUITO JUDICIAL LABORAL DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO ZULIA, con sede en la Ciudad de Maracaibo, administrando justicia, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara:
PRIMERO: Se declara de oficio la Perención de la Instancia y el recurso de apelación.
SEGUNDO: No se condena en costas dada la naturaleza del fallo.
DRA. THAIS VILLALOBOS SÁNCHEZ
LA JUEZ SUPERIOR
ABG. IVETTE ZABALA
LA SECRETARIA
Publicada en el mismo a las 03:39 p.m., quedando registrada bajo el No. PJ0642008000198.-
ABG. IVETTE ZABALA
LA SECRETARIA
Asunto: VP01-R-2004-000506.