Por los fundamentos expuestos esta Sala número 2 de la Corte de Apelaciones del Circuito Judicial Penal del Estado Zulia, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, declara CON LUGAR el recurso de apelación interpuesto por el profesional del Derecho, DOMINGO CURIEL, en su carácter de defensor de los ciudadanos RONALD HERRISON y HERNÁN HERNÁNDEZ, ya identificados, contra la decisión N° 2993-07, dictada por el Juzgado Séptimo de Primera Instancia en Funciones de Control del Circuito Judicial Penal del Estado Zulia, en la causa seguida en contra de los ya citado ciudadanos, por la presunta comisión de los delitos de APROVECHAMIENTO DE VEHÍCULO AUTOMOTOR PROVENIENTE DE HURTO O ROBO y CAMBIO ILÍCITO DE PLACAS DE VEHÍCULOS AUTOMOTORES, previstos y sancionados en los artículos 9 y 8 de la Ley sobre el Hurto y Robo de Vehículos Automotores, respectivamente, cometidos en perjuicio de la ciudadana Lisseth de los Ángeles González y El Es.....