Por las razones anteriormente expuestas, este JUZGADO PRIMERO DE EJECUCIÓN DEL CIRCUITO JUDICIAL PENAL DEL ESTADO ZULIA, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, DECLARA CUMPLIDA LA PENA a favor de la penada JEFERSON JESUS MONTILLA MATOS, venezolano, natural de Maracaibo, titular de la cédula de identidad Nº V-18.427.416, domiciliado en el Barrio Maria Concepción Palacios , Avenida 1, casa Nº 33-1-77, al fondo de el Hotel Vista al Lago, Circunvalación No 01, Maracaibo Estado Zulia; y en consecuencia SE EXTINGUE LA RESPONSABILIDAD CRIMINAL de conformidad con lo establecido en el artículo 105 del Código Penal, en concordancia con el artículo 479 ordinal 1 del Código Orgánico Procesal Penal. ASÍ SE DECLARA.- Regístrese la presente decisión; y notifíquese a las partes.
LA JUEZ PRIMERO DE EJECUCION,
DRA. JUDITH ROJAS LA SECRETARIA
ABG. MARIBEL MORAN
En la misma fecha la p.....