DECRETA EL SOBRESEIMIENTO PROVISIONAL en relación a los adolescentes IDENTIFICACIÓN SE OMITE DE CONFORMIDAD CON LO ESTABLECIDO EN EL ARTÍCULO 545 DE LA LEY ORGÁNICA PARA LA PROTECCIÓN DEL NIÑO Y DEL ADOLESCENTE; esto en cuanto a los delitos de ROBO AGRAVADO, previsto y sancionado en el encabezamiento del artículo 458 del Código Penal Venezolano Vigente, en concordancia con lo dispuesto en el artículo 5 de la Ley Sobre el Hurto y Robo de Vehículos Automotores, con las circunstancias agravantes contenidas en los numerales 1, 2, 3, 5, 8, 10 y 12 del artículo 6 ejusdem, PRIVACIÓN DE LIBERTAD PERSONAL y LESIONES INTENCIONALES DE CARÁCTER LEVES, previstos y sancionados en los artículos 174, primer aparte y 416 del Código Penal Venezolano Vigente, todos ejecutados en perjuicio del ciudadano LEONER ALBERTO GÓMEZ PIÑERO, suficientemente identificado en actas, además del delito de AGAVILLAMIENTO, previsto y sancionado en el artículo 286 del Código Penal en mención, cometido en perjuicio de LA C.....