Por los fundamentos expuestos, este Juez Unipersonal No. 1 Provisorio de la Sala de Juicio del Tribunal de Protección del Niño y del Adolescente de la Circunscripción Judicial del Estado Zulia, extensión Cabimas, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara:
- CONSUMADO EL DESISTIMIENTO DE LA DEMANDA DE ALIMENTOS, intentada por la ciudadana LENISIS BEATRIZ CARDONA RAMIREZ, contra el ciudadano MARLON ALEXANDER LOPEZ CASTELLANOS, suficientemente identificados,
- APROBADO Y HOMOLOGADO EL DESISTIMIENTO, suscrito por la ciudadana LENISIS BEATRIZ CARDONA RAMIREZ, a través de su apoderada judicial, antes identificada, en fecha quince (15) de octubre de 2.007, pasándolo en autoridad de cosa juzgada como sentencia definitivamente firme. En consecuencia, se declara terminado el procedimiento del presente juicio de alimentos en contra del ciudadano MARLON ALEXANDER LOPEZ CASTELLANOS y se suspenden las medidas decretadas por este .....