Por los fundamentos expuestos este JUZGADO PRIMERO DE LOS MUNICIPIOS MARACAIBO, JESÚS ENRIQUE LOSSADA Y SAN FRANCISCO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO ZULIA, administrando Justicia en nombre de la República de Venezuela, y por autoridad de la Ley, declara:
A) SE HOMOLOGA la TRANSACCION JUDICIAL realizada por los ciudadanos RAMON REVEROL CARRASQUERO, en su carácter de Apoderado Judicial del ciudadano LUIS ALBERTO JAIME RODRIGUEZ y NELLY JOSEFINA NAVA FERRER, en su condición de parte demandada en este proceso, en consecuencia, se le da el carácter de cosa Juzgada.-
B) En cuanto a las costas procesales, se deja constancia que estas por voluntad de las partes quedaron incluidas en la suma determinada anteriormente, por lo cual el Tribunal se abstiene de hacer pronunciamiento alguno sobre este concepto.-
PUBLÍQUESE. REGÍSTRESE. Déjese copia certificada por Secretaria de conformidad con él Articulo 248 del Código de Procedimiento Civil.