En este estado el tribunal Administrando Justicia en Nombre de la Republica BOLIVARIANA DE VENEZUELA y por Autoridad de la Ley, declara legalmente embargado ejecutivamente el inmueble señalado y descrito con anterioridad, hasta cubrir la cantidad de DIEZ MILLONES DE BOLIVARES (Bs.10.000.000), que es el doble de la suma condenada a pagar y costas por lo cual se sigue la ejecución. Así mismo en cuanto a la posesión de dicho inmueble en resguardo a los derechos del tercero, que ocupa en calidad de inquilino el tribunal acuerda dejar la posesión del referido inmueble en poder de quien se encontraba para el momento de la ejecución hasta que culmine dicha relación arrendatarias. Siendo la una y treinta minutos de la tarde se dio por terminado el presente acto. Terminó se leyó y conformes firman, todos a excepción de la parte ejecutada y la arrendataria que se negaron a hacerlo.
ABOG. MARIAELVIRA.....