Seguidamente el tribunal Administrando Justicia en nombre de la Republica Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, declara legalmente secuestrado el inmueble ubicado en el sector Tía Juana, Urbanización Campo Verde, avenida 05, casa Nº 10 del Municipio Simón Bolívar del Estado Zulia cuyos linderos son: NORTE: Linda con avenida 05; SUR: Linda con casa Nº 09; ESTE: Linda con casa Nº12 y OESTE: Linda con casa Nº 08. Asi mismo hace entrega del inmueble legalmente secuestrado al representante de la Secuestrataria Judicial Empresa PDVSA PETROLEO SOCIEDAD ANONIMA, designado por el Juzgado de la causa, ciudadano JAIME CASTELLANO, ya identificado quien manifestó recibirlo conformes libre de personas y de bienes. Siendo la una y cuarenta minutos de la tarde se da por terminado el presente acto. Termino se leyó y conformes firman.
ABOG. MARIAELVIRA C. REINA HERNANDEZ
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