Este Juzgado Superior Cuarto del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Zulia, en el ejercicio de sus facultades legales, Administrando Justicia y por autoridad de la Ley, declara, por proceder la consulta legal obligatoria prevista en el artículo 72 del Decreto con Rango, Valor y Fuerza de la Ley de Reforma Parcial del Decreto con Fuerza de Ley Orgánica de la Procuraduría General de la República: 1) SIN LUGAR la demanda que por cobro de prestaciones sociales y otros conceptos laborales intentó el ciudadano ALEJANDRO JOSE LOPEZ en contra de la Sociedad Mercantil BOLIVARIANA DE AEROPUERTOS, S.A., (BAER). 2) SE REVOCA el fallo sometido a consulta legal. 3) NO HAY CONDENATORIA EN COSTAS PROCESALES A LA PARTE DEMANDANTE por los privilegios procesales que goza la demandada. 4) SE ORDENA notificar al Procurador General de la República remitiéndole copia certificada de la presente decisión.