Por los fundamentos expuestos, este Juzgado Cuarto de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y del Tránsito de la Circunscripción Judicial del Estado Zulia, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, DECLARA:
a) PERIMIDA LA INSTANCIA en el presente Procedimiento de SEPARACIÓN DE
CUERPOS, intentado por los ciudadanos LUIS ANTONIO VERGARA Y YALITZA MIREYA OMAÑA, antes identificados.
b) No hay costas de conformidad con el artículo 283 del Código de Procedimiento
Civil.
PUBLÍQUESE, REGÍSTRESE Y NOTIFÍQUESE.- Déjese copia certificada por Secretaría.
Dada, firmada y sellada en el Juzgado Cuarto de Primera Instancia de la Circunscripción Judicial del Estado Zulia, en Maracaibo, a los diecisiete días de septiembre de dos mil ocho (2.008). 198o de la Independencia y 149° de la Federación.
EL JUEZ PROVISORIO,
ABOG. CARLOS RAFAEL FRÍAS.- LA SECRETARIA,
MARIA ROSA ARRIETA FINOL.-
En la misma fecha, siendo las nue.....