Por las razones y fundamentos anteriormente expuestos, este Juzgado Séptimo de Ejecución del Circuito Judicial Penal del Estado Zulia, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, NIEGA EL REGIMEN ABIERTO, como fórmula alternativa de cumplimiento de pena al penado HENDERSON LUIS CEBALLOS RODRIGUEZ, titular de la cédula de identidad N° 16.921.148, venezolano, natural de Maracaibo, Estado Zulia, nacido en fecha 13-01-1984, de 23 años de edad, soltero, quien fue condenado por el Juzgado Cuarto de Primera Instancia en funciones de Juicio, por la comisión del delito de ROBO AGRAVADO, previsto y sancionado en el Artículo 460 del Código Penal en concordancia con los numerales 1 y 4 del artículo 74 Ejusdem; cometido en perjuicio de Juan Paredes y otros; por no cumplir con los requisitos establecidos en el Artículo 500 numeral 3º del Código Orgánico Procesal Penal. Regístrese esta Decisión en el Libro respectivo, remítase copia certifica.....