Por los fundamentos anteriormente expuestos, esta SALA Nº 2 DE LA CORTE DE APELACIONES DEL CIRCUITO JUDICIAL PENAL DEL ESTADO ZULIA, administrando Justicia, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, DECLARA SIN LUGAR, la recusación interpuesta por el Profesional del Derecho ENDER SARCOS, inscrito en el Inpreabogado bajo el N° 25.294, en su carácter de defensor del acusado YOANNY JOSÉ ALDANA, en contra de la Profesional NOLA GÓMEZ RAMÍREZ, en su carácter de Juez Quinta de Primera Instancia en funciones de Juicio del Circuito Judicial Penal del Estado Zulia, en base al numeral 7 del artículo 86 del Código Orgánico Procesal Penal, en la causa signada con el N° 5M-221-06, seguida en contra de los acusados JOSÉ FRANCISCO MORLES ANGULO y YOANNY JOSÉ ALDANA, a quien el Ministerio Público acusó por la presunta comisión de los delitos de HOMICIDIO CALIFICADO y ABUSO SEXUAL A ADOLESCENTE previstos y sancionados en los artículos 408.1 del Código Penal y 260 en.....