Por los fundamentos expuestos, este JUZGADO TERCERO DE LOS MUNICIPIOS MARACAIBO, JESUS ENRIQUE LOSSADA Y SAN FRANCISCO DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO ZULIA, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, DECLINA LA COMPETENCIA del presente asunto para su conocimiento, sustanciación y decisión de demanda por RESOLUCION DE CONTRATO interpuesta por las ciudadanas MARY LUZ MENDOZA y LUZ MARINA HERNANDEZ, en contra de la DISTRIBUIDORA DE PRODUCTOS CARNICOS Y ALIMENTICIOS DE CALIDAD SOCIEDAD ANONIMA, en los JUZGADOS DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL Y MERCANTIL DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO ZULIA, a quien se acuerda remitir las presentes actuaciones.
El Tribunal no hace especial pronunciamiento en costas en virtud de la naturaleza del presente fallo.