DISPOSITIVA
Por los fundamentos antes expuestos este Juzgado Sexto de Ejecución del Circuito Judicial Penal del Estado Zulia, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, ACUERDA al Penado EDUARD DAVID URDANETA DIAZ, portador de la cédula de identidad N° 11.393.440, natural de Machiques de 29 años de edad, casado, de profesión chofer, residenciado en Funda Barrios, sector los colores, casa 180 San Francisco, Estado Zulia, la Medida de SUSP ENSION CONDICIONAL DE LA EJECUCION DE LA PENA, todo de conformidad con el Artículo 494 del Código Orgánico Procesal Penal, en concordancia con el Ordinal 1° del Artículo 479 Ejusdem, imponiendo un lapso de Régimen de Prueba, de UN ( 01) AÑO a partir de la presente fecha, hasta el día 17-09-05, así como las obligaciones indicadas en esta Resolución.