En virtud de todos los razonamientos expuestos de hecho y de derecho, este Tribunal de Control Nº 02 de la Sección de Adolescente del Circuito Judicial Penal del Estado Nueva Esparta, Administrando Justicia EN NOMBRE DE LA REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA Y POR AUTORIDAD DE LA LEY, Ordena EL SOBRESEIMIENTO DEFINITIVO, POR EXTINCION DE LA ACCION PENAL, de la causa seguida contra adolescente POR IDENTIFICAR, por la presunta comisión del delito de Trafico de Sustancia , Estupefaciente y Psicotrópicas y Consumo de sustancias Estupefaciente y Psicotrópicas ,tipificado en el articulo 31 de la Ley Contra el Trafico Ilícito y el consumo de sustancias Estupefacientes y Psicotrópicas vigente para la fecha de los hechos , de conformidad con lo establecido en él articulo 561Literal "d" de La Ley Orgánica Para la Protección del Niño, Niña y del Adolescente, en concordancia con el citado artículo 615 de la Aducida Ley Especial, concatenados con el ordinal 3° del artículos 318 del Cód.....