Por los fundamentos antes expuestos, este JUZGADO TERCERO PRIMERA INSTANCIA EN FUNCIONES DE CONTROL DEL CIRCUITO JUDICIAL PENAL DEL ESTADO ZULIA, EXTENSION CABIMAS, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, ACUERDA la PRÓRROGA de NOVENTA (90) DÌAS continuos, solicitada por la Fiscalía 47 del Ministerio Público, la cual comenzará al vencimiento de los cuatro meses iniciados el día 02-05-10, para que la representante Fiscal, presente el acto conclusivo respectivo, en la causa seguida a GABRIEL MATA MALDONADO cédula de identidad No. V-17.188.456, por la presunta comisión del delito de VIOLENCIA FISICA AGRAVADA, previsto y sancionado en el artículo 39 y 42 de la Ley Orgánica sobre el Derecho de las Mujeres a una Vida Libre de Violencia, en perjuicio de la ciudadana DESLIMAR DEL CARMEN PEREZ ACOSTA, de conformidad con lo establecido en el artículo 79 ejusdem.