DECISION
Por las razones y fundamentos anteriormente expuestos, esta Sala Tercera de la Corte de Apelaciones del Circuito Judicial Penal del Estado Zulia, administrando Justicia en nombre de la República y por autoridad de la Ley, declara: PRIMERO: SIN LUGAR el Recurso de Apelación interpuesto, por la ciudadana MARIA DEL ROSARIO PERDOMO CEBALLO, Defensora Pública Undécima adscrita a la Unidad de Defensa Pública del Circuito Judicial Penal del Estado Zulia en su carácter de Defensora del penado JHON HAROLD VILLALOBOS; SEGUNDO: CONFIRMA la decisión N° 231-04 dictada en fecha 25 de junio de 2004 por el Juzgado Segundo de Primera Instancia en Funciones de Ejecución del Circuito Judicial Penal del Estado Zulia, la cual niega por improcedente la conversión del resto de la pena impuesta al mencionado penado en Confinamiento de conformidad con lo establecido en el artículo 56 del Código Penal, causa en la cual el señalado penado fuera condenado a cumplir la pena de OCHO (08) AÑOS DE PRESIDI.....