Por los fundamentos amplia y claramente expuestos con anterioridad, este Juzgado Segundo de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y del Tránsito de la Circunscripción Judicial del Estado Zulia, administrando justicia, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara:
• PERIMIDA LA INSTANCIA y por consiguiente, EXTINGUIDO el presente proceso de PARTICIÓN DE HERENCIA, seguido por los ciudadanos YERITZA COROMOTO GONZÁLEZ RAMIREZ, YANETH COROMOTO GONZÁLEZ RAMIREZ, WILLIAM JOSÉ GONZÁLEZ RAMIREZ y MANUEL ANTONIO GONZÁLEZ RAMIREZ, venezolanos, mayores de edad, titulares de la Cédula de Identidad Nos. 7.810.302, 10.424.715, 9.754.110 y 7.974.476 respectivamente, domiciliados en esta Ciudad y Municipio Autónomo Maracaibo del Estado Zulia, contra los ciudadanos ONELIA VASQUEZ, y RICHARD MANUEL JIMENEZ, venezolanos, mayores de edad, titulares de la cédula de Identidad No. 5.068.750 y 9.793.670, de este domicilio. ASI SE DECLARA.-
• NO HAY CONDENATO.....