Por todo los fundamentos de hecho y de derecho antes expuestos, este Tribunal Primero de Primera Instancia en Funciones de Control del Circuito Judicial Penal del Estado Zulia, Extensión Santa Bárbara, ADMINISTRANDO JUSTICIA EN NOMBRE DE LA REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA Y POR AUTORIDAD DE LA LEY. DECLINA por ante el Tribunal Tercero de Primera Instancia en Funciones de Control del Circuito Judicial Penal del Estado Zulia, Extensión Santa Bárbara, la competencia para conocer del sobreseimiento de la causa solicitado por la Fiscalía Decimasexta del Ministerio Público, por ser quien realizó el primer acto del procedimiento en fecha 12 de enero de 2002, de conformidad con lo previsto en el artículo 72 del Código Orgánico Procesal Penal, en concordancia con el artículo 77 eiusdem. Regístrese la presente decisión y remítase al Tribunal Tercero de Primera Instancia en Funciones de Control, el expediente bajo oficio. Notifíquese al representante Fiscal. Cúmplase.