ESTE JUZGADO OCTAVO DE PRIMERA INSTANCIA DE JUICIO DEL TRABAJO PARA EL NUEVO RÉGIMEN PROCESAL Y TRANSITORIO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO ZULIA, ADMINISTRANDO JUSTICIA EN NOMBRE DE LA REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA Y POR AUTORIDAD DE LA LEY, DECLARA:
PRIMERO: INADMISIBLE el Recurso de Nulidad interpuesto por el profesional del derecho JAVIER JOSÉ CARDOZO RODRÍGUEZ, inscrito en el Instituto de Previsión Social del Abogado bajo los Nos. 34.100, en su carácter de apoderado judicial de la Sociedad Mercantil WORKFORCE, COMPAÑÍA ANÓNIMA, contra el ACTO ADMINISTRATIVO de fecha cuatro (04) de Junio de 2012, contenida en el expediente Nº 042-2012-01-00746, que declaró Con Lugar el Reenganche y la restitución a la situación anterior, con el Pago de los Salarios Caídos y demás beneficios dejados de percibir por el ciudadano DANELMIS ALEXANDER MAS Y RUBI SANCHEZ, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N° V- 18.742.494.
SEGUNDO: Se da por terminado.....