Por los fundamentos expuestos, esta Sala Tercera de la Corte de Apelaciones del Circuito Judicial Penal del Estado Zulia, administrando justicia en nombre de la República y por autoridad de la ley, DECLARA: PRIMERO: SIN LUGAR el Recurso de Apelación interpuesto por la ciudadana, Abogada LIDUVIS GONZALEZ LUZARDO, Fiscal Cuadragésimo Sexto del Ministerio Público de la Circunscripción Judicial del Estado Zulia, y SEGUNDO: CONFIRMA la Sentencia No. 013-09, de fecha 14 de Abril de 2009, dictada por el Juzgado Quinto de Primera Instancia en Funciones de Juicio Constituido en Forma Mixta con Escabinos del Circuito Judicial Penal del Estado Zulia.
QUEDA ASI DECLARADO SIN LUGAR EL RECURSO DE APELACIÓN INTERPUESTO Y CONFIRMADA LA SENTENCIA APELADA.
Dada, firmada y sellada, en esta Sala Tercera de la Corte de Apelaciones del Circuito Judicial Penal del Estado Zulia, en Maracaibo a los Diecisiete (17) días del mes de Julio del año dos mil nueve (2009). 199° de la Independencia y 150° de la Fe.....