Por los fundamentos antes expuestos, este JUZGADO PRIMERO DE PRIMERA INSTANCIA EN FUNCION DE EJECUCION DE PENAS Y MEDIDAS DE SEGURIDAD DEL CIRCUITO JUDICIAL PENAL DEL ESTADO ZULIA, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, acuerda OTORGAR EL BENEFICIO DE RÉGIMEN ABIERTO al penado MIGUEL LORENZO PERDOMO GARCES, Venezolano, natural de Maracaibo, titular de la Cédula de Identidad No. 15.409.599, fecha de nacimiento 17-11-80, de 26 años, Obrero, Soltero, residenciado en el Barrio Raúl Leoni Calle 71 Casa N° 71-26 Maracaibo Estado Zulia, de conformidad con lo establecido en el Artículo 500 de la Ley de Reforma Parcial del Código Orgánico Procesal Penal, publicada en gaceta oficial en fecha 04-10-06, en concordancia con el artículo 65 de la Ley de Régimen Penitenciario. Regístrese la presente Decisión; notifíquese a la Fiscal 27° del Ministerio Público, ofíciese al Centro de Atención Comunitaria Inspector Rafael Ochoa Castro y a la C.....