Vista la diligencia suscrita por los abogados Yoslet Cordero Bracho, con el carácter de apoderado judicial del ciudadano Freddy Mata, parte demandada en el presente juicio y Manuel de Jesús Rivas Mora, apoderado judicial de la ciudadana Dalia García, parte demandante, donde llegaron a un acuerdo, ofreciéndole el demandado pagarle a la ciudadana Dalia García la cantidad de Bs. 2.000.000 según cheque signado con el N°. 19540973 mediante cual cubre todos y cada uno de los conceptos reclamados, incluyendo los honorarios profesionales. Ambas partes solicitan se homologue el acuerdo celebrado, le de el carácter de cosa juzgada y de por terminado el proceso. En consecuencia, este Tribunal le imparte su aprobación homologándolo, pasándolo en autoridad de cosa juzgada y ordena el archivo del expediente.
La Juez,
Abog. María del Pilar Faría Romero.
La Secretaria,
Abog. Gabriela Bracho.
693-02.